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DECRETO 767

Fecha Sanción: 12/04/2024
VISTO:El Expediente Municipal N° 4059-3080/2023, con referencia a: ¿GRUPO DE SERVICIO JUNIN S/ RECONSTRUCCION ESPIGON PNLG¿;

CONSIDERANDO:Que la obra Reconstrucción de espigón Parque Natural Laguna de Gomez segunda etapa continuación, referenciada en el visto, se encuentra a cargo de Grupo Junín de Servicios S.A,cuya participación en los procesos de selección de contratista para la ejecución de obras públicas ha sido declarada de interes público municipal por Decreto N° 1868 -2023 obrante a Fs 25; Que a Fs. 27 obra contrato entre la Municipalidad de Junín (B) con la contratista Grupo Junín de Servicios S.A , con las especificaciones y demás características de la obra a realizar; Que a fs. N°201 obra orden de servicio n°3, de la que resulta, que de acuerdo a la inspección de obra atento a la finalización de la misma de la Medición Final surgen ampliaciones y reducciones de los items contratados , a saber: Ampliación de items :N° 5-1 instalación de cañeria PVC 050 mmx 3,2, cantidad 9 m, precio unitario $3.303,30, importe $ 29.729,7;N° 5-2 instalación de cajas de PVC 20 cm x 20 cm x 3,2 mm,cantidad 1 unidad, precio unitario $ 11.858,00, importe $ 11.858,00; N° 5-3 instalación de inserto de 40 cm x 4 mm con inserto de fijación en hormigón ,cantidad 1 unidad , precio unitario $88.088,00, importe $ 88.088,00; N° 5-4 instalación de cableado eléctrico tipo sintenac según pliego, cantidad 22 m, precio unitario $ 22.568,77 , importe $ 496.512.94 ; N° 5-5 instalación de cableado electrico 2 x 2,5 mm , cantidad 17 m , precio unitario $ 1.951,49, importe $ 33.175,33.Que la presente ampliación asciende a la suma de pesos seiscientos cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y tres con noventa y siete centavos ( $ 659.363,97 ) del contrato orginal, lo que implica un aumento del uno con quince por ciento (%1,15) .Que por su parte se produce reducción en los siguientes items contratados :5-6 instalación de tablero eléctrico con llave térmica y disyuntor , cantidad 1 unidad, precio unitario $ 941.233,90, importe$ 941.233,90.La misma surge por no ejecución del mismo.Que la presente reducción es de la suma de pesos novecientos cuarenta y un mil doscientos treinta y tres con noventa centavos ($ 941.233,90) del contrato original lo que implica el uno con sesenta y cuatro por ciento (%1,64).Resultando en el balance económico : Ampliación $ 659.363,97;Económia $ -941.233,90; Diferencia $ -281.869,93. Lo que implica una económia general de obra de $ 281.869,93. Que por nota de pedido n°4, la que se encuentra adjunta a fs. N°202, la contratista acuerda expresa y formalmente con la reducción descripta, no pudiendo reclamar indemnización alguna por los beneficios que hubiese dejado de percibir y con los adicionales referenciados ut supra. Que el aumento y la reducción solicitados resultan concordantes con el art. 146 de la Ley 6769/58, (Ley Orgánica de Municipalidades). El que reza: ¿El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista.También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50) por ciento del monto total contratado.Los aumentos o reducciones se liquidarán aplicando los precios del contrato, sin reconocer lucros cesantes por las partes suprimidas.Cuando el antedicho porcentaje no haya sido previsto en el presupuesto original,el Departamento Ejecutivo deberá financiarlo como crédito suplementario.Terminada la obra y labrada la correspondiente acta de recepción definitiva, la ampliación o agregado que se estimen necesarios serán considerados obras nuevas y como tales quedarán sometidas al requisito de licitación según sus costos". Que, obran agregados dictamen de la Secretaria de Legal y Técnica y Contaduría favorables ; Por todo ello, en uso de las facultades que el cargo le confiere y de acuerdo a la normativa imperante , el Sr. Intendente de la Municipalidad de Junín (B);

DECRETA:

ARTICULO 1ro:Autorizase el procedimiento de ampliación contractual para realización de Trabajos Adicionales perteneciente a la obra: RECONSTRUCCIÓN DE ESPIGÓN PARQUE NATURAL LAGUNA DE GOMEZ¿, Exptediente Municipal N° 4059-3080/2023.-

ARTICULO 2do:Determínese el monto por Ampliación que refiere el Artículo 1ro en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 659.363,97 ) del contrato orginal, lo que implica un aumento del uno con quince por ciento (%1,15) del valor del contractual, resultando conveniente a los intereses municipales y con sustento legal suficiente en el Decreto Ley 6769/58- art 146°.-

ARTICULO 3ro: Autorizase el procedimiento de reducción de items contratados perteneciente a la obra:¿GRUPO DE SERVICIO JUNIN S/ RECONSTRUCCION ESPIGON PNLG¿, Exptediente Municipal N° 4059-3080/2023.-

ARTICULO 4to: Determínese el monto de la reducción que refiere el Artículo 3ro en la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y TRES CON NOVENTA CENTAVOS ($ 941.233,90) del contrato original lo que implica el uno con sesenta y cuatro por ciento (%1,64)., resultando conveniente a los intereses municipales y con sustento legal suficiente en el Decreto Ley 6769/58- art 146°; Ley 6021- art. 33°.-

ARTICULO 5to:Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos y archívese.-