DECRETO 845
Fecha Sanción: 24/04/2024
VISTO Y CONSIDERANDO: Que por expediente del registro Municipal Nro. 4059-187/1995, se procedió a notificar a los Sres. GAVAZZA María y PEREZ Adrián, titulares de la licencia de Taxi Nro. 044, que en un plazo de treinta días debería poner en actividad la licencia en virtud de que por ordenanza municipal N° 7779/20 artículo 13° y 88°, la inactividad y falta de prestación del servicio de la licencia de taxi por el tiempo de doce meses es causal de revocación y perdida de la misma y dejando constancia de lo anteriormente expuesto a fojas 127 informe efectuado por la Agencia Municipal de Seguridad Vial y Control Ciudadano, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere-
DECRETA:
ARTICULO 1ro: Revócase por inactividad y falta de prestación de servicio a la licencia de Taxi N° 044 ubicada en calle Benito de Miguel y Avenida Padre Respuela de esta ciudad, titulares Sres. GAVAZZA María y PEREZ Adrián, de acuerdo a los fundamentos expuestos en el exordio del presente.-
ARTICULO 2do: Pase a la Agencia Municipal de Seguridad Vial y Control Ciudadano para su toma de conocimiento, notificaciones y demás efectos que estime corresponder.-
ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese .-