DECRETO 891
Fecha Sanción: 30/04/2024
VISTO: Lo tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°4, y;
CONSIDERANDO: Que se deberá trabar embargo sobre las remuneraciones que percibe el demandado PASCOLINI HERNAN DARIO, en la proporción del 10 % hasta alcanzar la suma de pesos PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN CON 60 CVOS.- ($256541,60) en concepto de capital con más la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA .- ($128270) en concepto de intereses y costas del juicio, el Señor Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere:
DECRETA:
ART 1: Por Tesorería, previa intervención de Dirección de Personal a partir de 1 de mayo de 2024 procédase mensualmente a retener el 10 % de los haberes del empleado del Personal permanente SUBJURISDICCION 1110113000, PROGRAMA 24, ACTIVIDAD 38 empleado PASCOLINI HERNAN DARIO D.N.I. 24237368 Legajo Nº 7229 hasta alcanzar la suma de $384811,6 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.-
ART 2: La referida sobre cobro ejecutivo deberá ser depositada mensualmente en la cuenta especial a nombre de Nro.Cta. 027-538640-9 y CBU: 0140301327666253864096, abierta al efecto en el Banco PROVINCIA (CENTRO 6662) y como perteneciente a los autos caratulados CREDITO REGIONAL COMPAÑIA FINANCIERA SA C/PASCOLINI HERNAN DARIO S /COBRO EJECUTIVO.-
ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-