EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,
ACUERDA Y SANCIONA
ARTICULO 1º.- Homologar el acuerdo paritario arribado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de la Municipalidad de Junín suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Junín (FESIMUBO - Junín) con fecha 21 de marzo de 2024, que obra a fojas 468 y vta. del expediente del registro municipal N° 4059-72/2016 ¿alcance 1-.
ARTICULO 2º.- El acuerdo paritario homologado por el artículo 1° de la presente Ordenanza se efectúa en el marco de la Ordenanza N° 6871/16 y conforme lo previsto en el artículo 17° de la Ordenanza N° 8253/2023, respectivamente, a cuyo efecto el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado y autorizado a realizar las adecuaciones, modificaciones o adaptaciones presupuestarias necesarias a fin de financiar y solventar las erogaciones que el cumplimiento del mismo demande.-
ARTICULO 4º.- Aprobar las escalas salariales objeto del acuerdo homologado por el artículo 1 ° de la presente Ordenanza, aplicable a partir del 01 de marzo de 2024 para el personal escalafonario y no escalafonario de la Municipalidad de Junín, obrantes a fojas 469 y 474 inclusive del expediente del registro municipal N° 4059-72/2016 ¿alcance 1- que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º.- Incorporar las escalas salariales aprobadas por el artículo 4° de esta Ordenanza, al Anexo de la Ordenanza N° 8253/2023 del Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos del Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 26 DÍAS DEL MES DE MARZO 2024.-
Corresponde al expte. Nº 4059-72/2016.-
Promulgada por Decreto del D. E. Municipal N° 676 de fecha 4/04/2024.-