Junin, 22 de Abril de 2024.
VISTO: que por Ordenanza Nº 8237 se creó el Coeficiente de Variación de Actualización de Tributos (CVAT), y;
CONSIDERANDO: Que la citada norma ha establecido las ponderaciones correspondientes sobre las variables económicas aplicables a los fines del cálculo y que se encuentran definidas en el artículo 183º de la Ordenanza mencionada.
Que a su vez ha dispuesto que dicho coeficiente sea elaborado trimestralmente a partir del mes de Febrero/2024 por el Departamento Ejecutivo mediante los cálculos pertinentes y con sujeción estricta a las variables intervinientes en el cálculo.
Que dichas variables surgen de la información oficial, la cual se encuentra publicada y accesible a través de los medios pertinentes para cada caso:
Inciso a): Actas Paritarias y sucesivos ajustes publicados por las Ordenanzas 8238 y 8266 municipales: 15,00%
Inciso b): Resolución Nº 1104/2004 de la Secretaría de Energía de la Nación (precio promedio del Gas Oíl Grado 2 según precio al público en bocas de expendio de Junin para el mes considerado): 5,81%;
Que de las dos variables contempladas normativamente surge el Coeficiente de Variación de Actualización de Tributos (CVAT) del 20,81%.
Que la ordenanza Impositiva Nº 8237 en su Artículo 183; establece ¿Para las tasas de Servicios Públicos Urbanos, Servicios Sanitarios y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, se aplicará el coeficiente cuando arroje un porcentaje superior al 33,10 % y por el valor que resulte de la diferencia, con un tope de hasta un 50 %.
Para la liquidación de las cuotas de los meses de Mayo, Agosto y Noviembre, se tomará el porcentaje del coeficiente indicado en el párrafo precedente, en caso que el valor del mismo sea inferior al 33,10 % dichas cuotas no serán incrementadas y su monto será igual al mes inmediato anterior.¿
Que, el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación, a cargo de la Secretaría de Hacienda (artículos 21° y 32° del Decreto 3382/2023 del D.E. Municipal;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Determínese el valor del Coeficiente de Variación de Actualización de Tributos (CVAT) de 20,81% para el mes de Mayo del 2024.
ARTÍCULO 2°.- En el marco de lo dispuesto en el artículo 1° de esta Resolución, los importes de liquidación de la cuota cuyo vencimiento opera en el mes de Mayo de 2024, denominada cuota 05/2024 de las Tasas por Servicios Públicos Urbanos, Tasa por Servicios Sanitarios y Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, son los determinados en los Anexos I, II y III, que forman parte de la resolución Nº 6 de fecha 05 de abril de 2024.
ARTÍCULO 3º: Registrar, comunicar y publicar mediante su exhibición en el acceso a la Agencia de Recaudación Junín (ARJUN) y en el acceso al edificio sede de esta última; cumplido, archivar. -
RESOLUCION Nº 7